Tras la reforma de la Ley de Seguridad Vial aprobada el pasado 9 de diciembre en el parlamento, se han incluido numerosas novedades que afectan al sector del transporte por carretera. Así, la nueva ley refleja una de las reclamaciones históricas de las organizaciones del sector, como la necesidad de poder consultar la situación administrativa de los permisos de conducir de sus trabajadores asalariados y poder obtener información en caso de pérdida de puntos, suspensión o pérdida de carné.

Para poder implantar esta nueva ley, la Dirección General de Tráfico pondrá en marcha antes de marzo de 2023 la opción de consulta online con el objetivo de que empresas y autónomos del sector del transporte puedan saber de primera mano si un conductor profesional que trabajara para ellos está habilitado para conducir, sin previo consentimiento del mismo.

También destacar que la nueva ley aprobada permitirá que las empresas transportistas tengan la posibilidad de llevar a cabo controles de consumo de alcohol, determinadas drogas, sustancias psicoactivas o medicamentos a sus conductores asalariados durante el transcurso de su actividad profesional.

Durante la regulación, se especificó las denominadas “drogas de abuso” para diferenciarlas de otros consumibles adictivos. Así, se hace una clara distinción entre drogas como podría ser la cocaína, anfetaminas, opiáceos o cannabis de otras admitidas socialmente como podría el tabaco que no tendría un efecto de alto impacto sobre la capacidad de conducción

Las asociaciones de transporte han visto con buenos ojos tales medidas, y esperan que se puedan reflejar en una mejora de la seguridad vial e imagen profesional del transporte por carretera, ofreciendo a las empresas mecanismos legales que minimicen la inseguridad jurídica y el control sobre la responsabilidad de sus transportistas.