El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha dado un paso clave en la adaptación del sector al nuevo marco europeo al permitir, desde el 29 de marzo de 2026, que los conductores con permiso B puedan obtener la tarjeta de tacógrafo digital. Esta medida amplía el acceso a una herramienta obligatoria para el control de tiempos de conducción y descanso, hasta ahora reservada a titulares de permisos C o D.

🚛 Una medida alineada con la normativa europea

La decisión responde a la entrada en vigor de nuevas exigencias comunitarias. A partir del 1 de julio de 2026, será obligatorio el uso del tacógrafo en:

  • Vehículos de transporte de mercancías de más de 2.500 kg de MMA
  • Operaciones de transporte internacional y cabotaje en la Unión Europea

Esto supone una ampliación significativa respecto a la normativa actual, que afecta principalmente a vehículos de más de 3.500 kg.

🔑 Conductores con permiso B: nuevas oportunidades

Con esta modificación, los conductores con permiso de clase B podrán:

  • Obtener la tarjeta de tacógrafo digital
  • Realizar transporte internacional con vehículos ligeros
  • Operar en cabotaje dentro de la UE

Especialmente relevante es el caso de los vehículos impulsados por combustibles alternativos, con una masa entre 3.500 y 4.250 kg, que ya podían ser conducidos con permiso B bajo determinadas condiciones.

⚙️ Cambios normativos que lo hacen posible

La medida se formaliza mediante la Orden TRM/282/2026, publicada en el BOE el 28 de marzo, que modifica:

  • La Orden de 2005 sobre tacógrafo digital
  • La Orden FOM/2861/2012 sobre el documento de control administrativo

Además, esta actualización corrige incoherencias normativas previas y adapta la legislación española a:

  • El Real Decreto 971/2020 (uso del permiso B en vehículos de hasta 4.250 kg con combustibles alternativos)
  • El Reglamento (CE) 561/2006, modificado por el Reglamento 2020/1054

📄 Nuevos criterios de identificación y residencia

La Orden también introduce cambios en los requisitos administrativos:

  • Para ciudadanos de la UE: cualquier documento con valor probatorio será válido
  • Para ciudadanos de terceros países:
    • Certificado de residencia
    • Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
    • Otros documentos válidos según la normativa de extranjería

🌱 Impulso a la descarbonización del transporte

Esta medida no solo responde a una necesidad normativa, sino que también favorece el uso de vehículos menos contaminantes. Al permitir que conductores con permiso B operen vehículos ligeros de mayor capacidad impulsados por combustibles alternativos, se impulsa:

  • La reducción de emisiones
  • La mejora de la calidad del aire
  • La modernización del transporte de mercancías

⚠️ Un cambio clave para el sector

  • La ampliación del acceso al tacógrafo digital supone:

    • Más flexibilidad operativa para las empresas
    • Mayor oferta de conductores habilitados
    • Adaptación al nuevo marco europeo sin fricciones

📝 Conclusión: más conductores, más capacidad operativa

Con esta reforma, el Gobierno abre la puerta a miles de conductores con permiso B para operar en transporte internacional bajo las nuevas exigencias europeas. Se trata de una medida estratégica que combina simplificación normativa, impulso económico y sostenibilidad, alineando al sector español con los retos del futuro inmediato.