La implementación del tacógrafo inteligente de segunda generación V2 en las operaciones de transporte internacional es una prioridad para los países de la Unión Europea (UE). El transporte internacional se enfrenta a regulaciones cada vez más complejas. Una de ellas es el Reglamento 1054/2014, que modifica el Reglamento 165/2014, y que estableció que los vehículos de primera matriculación, a partir del 21 de agosto de 2023, deben llevar instalado un tacógrafo inteligente de segunda generación V2.
Flexibilidad en la implementación
Sin embargo, la posible falta de stock para atender toda la demanda de matriculaciones de vehículos completos o completados para uso profesional abrió la puerta a aplicar una flexibilidad en materia de inspección. De hecho, la Dirección General de Movilidad y Transporte de la Comisión Europea (DG MOVE) sugirió que la sustitución del tacógrafo inteligente V1 por un tacógrafo V2 en los vehículos matriculados entre el 21 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2023 podría prorrogarse hasta el 18 de agosto de 2025. Con esta extensión del período de transición se busca facilitar la instalación gradual del nuevo dispositivo y garantizar que los operadores de transporte tengan tiempo suficiente para cumplir con la normativa europea.
El corredor Atlántico: Sanciones por no equipar el tacógrafo inteligente de segunda generación V2
En el Corredor Atlántico, las sanciones por incumplimiento varían según el país, desde multas económicas hasta penas de prisión. Esta ruta es crucial para las empresas de transporte de mercancías por carretera, abarcando una distancia de 8.200 kilómetros y conectando España, Francia, Alemania, Portugal e Irlanda. A lo largo de los países del corredor, se han establecido sanciones concretas para todos los operadores de transporte que no cumplan con el Reglamento 1054/2020 y no lleven el tacógrafo adecuado en sus vehículos.
España
En España, los vehículos matriculados por primera vez entre el 21 de agosto y el 31 de diciembre de 2023, acogidos al régimen de prematriculación, tienen hasta el 18 de agosto de 2025 para sustituir el tacógrafo de segunda generación versión 1 por el de segunda generación versión 2. Si no se cumple con la normativa, se aplicará una sanción administrativa de 2.001 euros, inmovilización del vehículo y posible pérdida de honorabilidad.
Francia
En Francia, se aprobaron disposiciones transitorias excepcionales para la matriculación de vehículos nuevos equipados con tacógrafos inteligentes de segunda generación versión 1. La falsificación de documentos, suministrar información falsa, la utilización irregular, la modificación del tacógrafo o no haber instalado el tacógrafo correspondiente supone un año de prisión y una multa de 30.000 euros. Además, se inmovilizará el vehículo hasta que se haya subsanado el problema.
Portugal
Portugal ha establecido sanciones significativas para aquellos que no equipen sus vehículos con el tacógrafo inteligente de segunda generación V2. Las multas pueden oscilar entre los 1.200 y los 6.000 euros, lo que representa un impacto financiero considerable para las empresas de transporte que no cumplan con las regulaciones establecidas.
Alemania
En Alemania, se permitió matricular vehículos con tacógrafo de segunda generación versión 1 desde el 21 de agosto de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, previa solicitud y con la condición de reequipar a la G2 V2 en un plazo de 24 meses. No llevar instalado el tacógrafo de acuerdo al Reglamento 1054/2020 supone una infracción administrativa de 1.500 euros.
Irlanda
En Irlanda se permitió temporalmente, desde el 21 de agosto de 2023 y hasta el 30 de noviembre de 2023, la matriculación de vehículos nuevos equipados con un tacógrafo inteligente de segunda generación versión 1, solo para tráfico nacional. Los vehículos nuevos que realicen operaciones de transporte internacional deben estar equipados con tacógrafos inteligentes G2V2 desde el pasado 21 de agosto de 2023.