El Diario Oficial de la Unión Europea ha divulgado el Reglamento (UE) 2024/1257 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, sobre la homologación de tipo de vehículos de motor, motores y sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a esos vehículos, centrándose en sus emisiones y en la durabilidad de las baterías (Euro 7).

Este reglamento establece estándares para las emisiones de escape de los vehículos de carretera y otras formas de emisiones, como las generadas por la abrasión de los neumáticos y las partículas de los frenos. También incluye requisitos para la durabilidad de las baterías. Para turismos y furgonetas, se mantienen los límites de emisiones de escape Euro 6 actuales, pero se introducen requisitos más rigurosos para las partículas sólidas.


En lo que respecta a autobuses y camiones pesados, se imponen límites más estrictos para varios contaminantes, incluido el óxido nitroso (N₂O), así como para las emisiones de partículas producidas durante el frenado, estableciendo límites específicos para vehículos eléctricos.


Además, se establecen requisitos de vida útil más estrictos para todos los vehículos, tanto en términos de kilometraje como de durabilidad.

El 19 de abril de 2023, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) 2023/851, que establece un objetivo de reducción del 100% para turismos y furgonetas a partir de 2035. Aunque estos vehículos de combustión interna estarán prohibidos en el mercado interior a partir de entonces, seguirán disponibles mientras la industria se adapta al cambio.


Los vehículos pesados, como camiones y autobuses, continuarán fabricándose después de 2035. Las normas Euro 7 serán necesarias para cubrir las emisiones de turismos y furgonetas hasta esa fecha, mientras que otras regulaciones, como las relacionadas con frenos, neumáticos y vida útil de las baterías, se aplicarán a los nuevos turismos y furgonetas más limpios después de 2035.